¿Cómo fueron posibles los poblamientos parroquiales? Los vecindarios asentados junto a las doctrinas de naturales tenían una condición política precaria, pues se les consideraba vecinos de la ciudad pero «agregados a los pueblos de indios»; dado que debían acudir a la capilla doctrinera de los indios para el cumplimiento de sus preceptos religiosos y para la administración de sacramentos, en tanto la Iglesia matriz de la ciudad les quedaba muy distante. Reivindicaban esa situación tramitando un proyecto de erección parroquial ante las cortes eclesiástica y estatal en Santafé.
Los vecinos del Valle de Cúcuta, hacendados y población NO indígena, presentaron su proyecto de erección parroquial en 1733. Sustentaron su iniciativa con los grandes inconvenientes que se les presentaban para cruzar el río Pamplona y asistir a la capilla de los indios del pueblo de Cúcuta, como por las dificultades y conflictos que solían tener con los naturales de dicho pueblo.
Cumplieron con todos los requisitos de Ley como: poseer un terreno para asentar la parroquia, suscribir escrituras para garantizar la congrua y sustentación del cura, obligarse a construir y ornamentar el templo parroquial y la casa cural, así como levantar un padrón del feligresado y conseguir la certificación favorable de los curatos vecinos.
La parroquia de San Joseph del Guasimal fue titulada o erigida por Don Rafael de Eslava, Presidente de la Real Audiencia, el 20 de noviembre de 1734, previa aprobación del Arzobispado. Erigida la parroquia, sus feligreses se aplicaron con todo esmero en establecer el asentamiento, adelantar las obras urbanísticas y hacer prosperar su comercio. La utilidad pública de la parroquia era inminente.